El tema de las reparaciones en un piso de alquiler siempre crea controversia entre inquilinos y caseros, pero… ¿quién debe abonar esos gastos?
Seguro que en algún momento te has hecho cargo de las reparaciones en un piso de alquiler sin tener claro que ese gasto te correspondiera. Tanto si eres arrendador como arrendatario, ¡este post te interesa!
Durante la vigencia del contrato de alquiler de una vivienda es habitual que surjan averías o desperfectos, que a menudo enfrentan a propietario e inquilino por los gastos que se derivan de las reparaciones. En estos casos debemos acudir el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. En este artículo, se especifica que el propietario está obligado a realizar todas las reparaciones necesarias para mantener las condiciones de habitabilidad (sin aumentar la renta mensual), siempre y cuando el deterioro no se haya producido por un mal uso por parte del inquilino.
Para concretar un poco más, podemos hablar de casos concretos de reparaciones en un piso de alquiler que son responsabilidad de cada una de las partes:
1. Gastos que asume el propietario
Reparaciones de gran envergadura y deterioros que afecten al uso normal de la vivienda.
- Instalación de la luz antigua que provoca otras averías eléctricas.
- Reparaciones de techo, humedades y filtraciones.
- Obras de fontanería y desagüe, ya sean de reparación o mantenimiento.
- Electrodomésticos que han agotado su vida útil.
- Mantenimiento de pintura y barniz en el suelo.
2. Gastos que paga el inquilino
Las pequeñas reparaciones producidas por el desgaste debido al uso ordinario de la vivienda.
- Rompe una ventana (si se ha lanzado algo al cristal).
- Reparaciones de fontanería o electricidad (si al colgar un cuadro o fijar muebles a la pared deterioras tuberías o cableado, también si causas un atasco por tirar por el desagüe residuos inapropiados).
- Utensilios de cocina o vajilla que se desgastan por el uso cotidiano.
- Electrodomésticos rotos por mal uso (si metes algo de metal en el microondas).
- Sofá o mobiliario deteriorado por mascotas.
Todos los pequeños desperfectos que le correspondan al inquilino y no sean reparados, podrán ser descontados de la fianza al finalizar el contrato de alquiler.
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3 Comentarios. Dejar nuevo
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